Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido en contra de: PERSONA DESCONOCIDA, con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad en perjuicio de : ENRICO MATACHIONE, de nacionalidad venezolana, natural de Italia, de 67 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización Ricaurter, calle 57A, casa número 13-24, Sector El Pilar de Maracaibo Estado Zulia, Telef. 0414-619-64-05, 02798281260, titular de la cédula de identidad número V-10.707.341, y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE. Regístrese, Publíquese, Notifíquese al fiscal del Ministerio Publico y al imputado y Remítase.....