ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Acción Reivindicatoria, incoada por el ciudadano Ismar Jesús Alvarado Lones, titular de la cédula de identidad número 3.675.866, asistido por el Abogado Amílcar Antequera Lugo, inpreAbogado número 103.204., en contra de la ciudadana Melida Guadalupe Gutiérrez Quero, titular de la cédula de identidad número 11.802.951, representada judicialmente por el Abogado Carlos Andrés Salas García, inpreAbogado número 253.810, en consecuencia se condena a la demandada Melida Guadalupe Gutiérrez Quero, titular de la cédula de identidad número 11.802.951, a la entrega del bien inmueble casa edificada con paredes de bloques de concreto, techo de acerolit y piso de cemento, enclavada de una extensión de terreno que mide.....