Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado RAUL RAMON PEREIRA ALVAREZ, quien es venezolano, Titular de la cédula de identidad N° V-14.792.860, domiciliado en la Calle Principal del Barrio Don Tomás García, casa sin número, Municipio Buchivacoa del Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, 495, 497 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, líbrese boleta de notificación al penado para que comparezca a la sede de este Circuito Judicial Penal, el día 10-07-2007 a las 10:00am, a los fines de imponer del otorgamiento de dicho beneficio. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la pr.....