Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley decreta:
PRIMERO: Se revisa la Medida de privación Judicial preventiva de Libertad al Ciudadanos ciudadanos CARLOS JULIAN MORENO CENTENO, Venezolano, soltero, mecánico automotriz, titular de la Cédula de identidad N° 17.283.218, residenciado en el Barrio "El calvario", casa sin número, Cumarebo, Estado Falcón, JOSÉ LUIS MARTINEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la Cédula de identidad N° 20.145.577, domiciliado en el sector Maicillal, Municipio San Francisco del Estado Falcón, solicitada por los abogados AMANDA MOJICA DE VELARDE y ROLANDO VELARDE ROMERO, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código orgánico procesal penal. SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por.....