Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por la Representación Fiscal y decreta MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano: JUAN CARLOS CHIRINOS CALLEJAS venezolano, mayor de edad, de 42 años, titular de la cédula de identidad Nº V-11.450.059, fecha de nacimiento 26/03/1978 de profesión u oficio Comerciante, de estado civil, casado, domiciliado Sector Las Delicias Nuevas calle chile Callejón los Pavos casa numero 169 entre residencias Villas Delicias y Gran Sabana Cabimas Estado Zulia Teléfono 0264 251 03 37 / 0416 963 05 48, quienes se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de: ROBO AGRAVADO tipificado y sancionado en el Artículo 458 ° Del Código Penal Venezolano Vigente , de conformidad con el articulo 236, 237 y 238 del.....