Analizadas como han sido las presente Actuaciones, este Tribunal determina que se ha cometido un hecho Punible que merece pena privativa de Libertad, cuya acción penal no se encuentra evidentemente Prescrita, que existen suficientes elementos de convicción para estimar que los imputados presentes en sala son los autores del mismo, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal de imponer una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a los ciudadanos quedando identificados como FELIPE ANDRÉS BERMÚDEZ, titular de la cedula de identidad No. 04.969.767, domiciliado en el sector Mapará, de la población de Churuguara, profesión u oficio herrero, nombre de sus padres Andrés Suárez y Felipa Bermúdez, es todo y el ciudadano ROMER FELIPE BERMÚDEZ, venezolano, titu.....