En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano WILLIAMS MUÑOZ, asistido por la abogada Iselda Medina, contra la sentencia de fecha 14 de febrero de 2006, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró sin lugar la demanda que por derecho de preferencia ofertiva, intentara el apelante contra los ciudadanos mencionados en el segundo particular de esta dispositiva, sentencia que se revoca.
SEGUNDO: En tal sentido, se declara con lugar la demanda de preferencia arrendaticia para adquirir el bien arrendado, dado en venta al ciudadano ELEAZAR VILORIA por la causante de los ciudadanos ELVIA LAGUNA DE SUÁREZ, PEDRO ANTONIO, EDWARD SEGUNDO y EVELEXIS SUÁREZ LAGUNA, sucesores de PEDRO SEGUNDO SUÁREZ ACOSTA; y de WILLIAM ALFR.....