esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada SANDRA BLANCO COLINA, Defensora Pública Primera de la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Falcón, contra el auto publicado en fecha 25 de mayo de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo presidido por el Abogado VÍCTOR MOLINA, mediante el cual decretó de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal, la Medida Cautelar Sustitutiva, contra su defendida la ciudadana MARIA ELVIRA PINTO, consistente en que dentro de un lapso de 30 días deberá abandonar el inmueble, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal Ve.....