Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: NOEL ENRIQUE PINO MOLINA y MAYRA ALEJANDRA LEAL DE PINO, ambos identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el veintiuno de (21) de Diciembre de 1996 por ante la extinta Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo de Carirubana del Estado Falcón hoy llevados por ante la Jefatura Civil de Registro de la Parroquia Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón.