DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: A los Ciudadanos PEDRO ANTONIO COLINA LUQUEZ, venezolano, nacido en fecha: 08/06/1974, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 11.765.981, de Estado Civil: Soltero, Grado de Instrucción: Primaria, domiciliado en Pueblo Nuevo Calle Bajarimo, Sector San Román, Casa S/N, Diagonal De La Escuela Sopotociento, del Estado Falcón, de Profesión u Oficio: Comerciante, hijo de Rubia Luque y Pedro Colina; MAIGUALIDA DEL CARMEN CUAURO PRIMERA: Venezolano, Natural de Coro, Titular de la Cedula de Identidad: N° 13.934.269, nacido en fecha: 12-02-1977, de Estado Civil: Soltera, de 30 años de edad, Grado de Instrucción: Tercer Año de Bachillerato, domiciliado en la Calle Bajarigua, Sector San Román, Diagonal a la Escuela Sopotocient.....