En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón con sede en Coro, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano FREDDY JOSÉ LOPEZ GALICIA, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.709.457, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, por haberse extinguido la acción penal por prescripción de la misma, todo conforme a los artículos 300 numeral 3º y 49 numeral 8º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme al articulo 24 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.