Por cuanto se observa, que en la presente causa, se encuentra involucrado niños y adolescente, en razón de lo cual, este Tribunal se declara incompetente para conocer de la presente solicitud.
Con respecto a estas situaciones la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 21 de febrero de 2005. Exp. Nº AA20-C-2004-00946 Sentencia Nº 00010. Ponente. Magistrado Dr. Antonio Ramírez Jiménez, ha establecido:
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"...El Tribunal competente para conocer la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, existiendo un menor, es el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, lo que no cambia aunque el menor llegue a la mayoría de edad..."
Criterio que acoge este Tribunal, razón por la cual, declina la competencia al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, a quien se acuerda remitir el prese.....