Por todo lo antes expuesto este tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa a favor de los ciudadanos AQUILINO ANTONIO DE LA ROSA PEROZO, OMAR ANTONIO GUANIPA NUÑEZ Y ELIAS GUANIPA NUÑEZ, EN VIRTUD DE QUE EL HECHO DE LA INVESTIGACION PRESCRIBIO. Por la comisión del delito: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, figura esta prevista y sancionada en el artículo 415 del Código Penal Venezolano. Por Extinción de la Acción Penal de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. NARQUIS CHIRINOS.
SECRETARIA
ABG. LISKEILA GUTIÉRREZ.