En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, ÚNICO: NIEGA, la solicitud de devolución del vehículo: Clase: Camioneta, uso: Particular, Tipo: Sport Wagon, año: 2005, modelo: Grand Cherokee, placas: VCA-04K, Marca: Jeep, Color: Plata, Serial Carrocería: 8Y4GW58N151503055, Serial Motor: 8 Cilindros, interpuesta por el ciudadano ALEJANDRO CARRUYO PEDREAÑEZ, asistido por el abogado Oscar Sierra Dorante, por cuanto no acreditó mediante documentos idóneos la propiedad o adjudicación del vehículo.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión, anéxese a la causa penal. Notifíquese al interesado y a la Oficina Fiscal.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA.
LA SECRETARIA,
OLIVIA BONARDE
En esta misma fecha como está ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en el párrafo que antecede.
LA SECRETARIA,
OLI.....