éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio el Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 26 Y 78 de la constitución , Artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño; y artículos 4, 7, 8, 672,134, 148,158, 201, 276,277, 278 y 331 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; y a lo previsto en el artículo 76 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN, intentada por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público para el Régimen de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en contra del ciudadano WILLIAM FELIPE DÍAZ HERNÁNDEZ, identificado en autos, Alcalde del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida. ASÍ SE DECIDE. -----------------------.....