En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado José Amalio Graterol Jatar, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MOUNIF NOREDDINE DAHROUJ, mediante diligencia de fecha 7 de marzo de 2014.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE la sentencia de fecha 25 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DAÑOS MATERIALES, DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑOS MORALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoado por la ciudadana ESTER MARÍA LANDAETA ZARRAGA contra el ciudadano MOUNIF NOREDDINE DAHRO.....