En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado EDGAR GARCÍA SALAZAR, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DA VINCENZO PASTA, C.A.
SEGUNDO: Se MODIFICA la sentencia dictada por el Tribunal Primero del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, en fecha 23 de febrero de 2011, mediante la cual declaró con lugar el juicio de DESALOJO, incoado por la Asociación Civil AERO CLUB CORO, contra la apelante.
TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de DESALOJO DE INMUEBLE incoada por el ciudadano OSCAR RODRÍGUEZ DOS SANTOS en su carácter de Presidente de la asociación civil AERO CLUB CORO, contra la sociedad mercantil DA VINCENZO PA.....