En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDGAR GARCIA SALAZAR, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano DOMITT ISRAEL DOMINGO FRANCO, mediante diligencia de fecha 19 de diciembre de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 8 de diciembre de 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, del estado Falcón.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.