En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Carlos Zamora, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DESARROLLO TURÍSTICO MARYSOL "OO", C.A., mediante diligencia de fecha 19 de diciembre de 2016.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 2 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas. En consecuencia se declara SIN LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por el ciudadano CARLOS ALFONSO VASQUEZ GALLEGO, contra la sociedad mercantil DESARROLLO TURISTÍCO MARYSOL "OO", C.A.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actor.....