En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Pedro López Navarro, en su carácter de apoderado judicial de la demandada ciudadana FLOR ARIAS TORRES, mediante diligencia de fecha 26 de mayo de 2014; en consecuencia.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 20 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de DESALOJO, seguido por el ciudadano JORGE LUIS QUINTERO contra la apelante, mediante el cual declaró Sin lugar la falta de cualidad interpuesta por la demandada y sin lugar la cuestión previa del artículo 346, ordinal 11° del Código de Procedim.....