En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RICHARD ALEXANDER AMAYA, mediante diligencia de fecha 1° de junio de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 24 de mayo de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la demanda que por Restitución de Saldo en Cuenta Corriente incoara el apelante contra la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A.