En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Amalio Graterol Jatar, apoderado judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 18 de mayo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 10 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual declaró CON LUGAR la demanda por SIMULACIÓN DE COMPRA VENTA DE INMUEBLE incoado por los ciudadanos JOSÉ MANUEL ALVAREZ DÍAZ y MIRNA JOSEFINA AULAR LOPEZ contra los ciudadanos CHARLES ANTONIO ORTIZ CUETO y DANIEL JOSÉ ORTIZ COELLO; en consecuencia se declara la NULIDAD POR SIMULACIÓN.....