En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano WILMER GARVETT LOPEZ, cédula de identidad Nº 3.829.701, asistido de los abogados SALVADOR GUARECUCO CORDERO y JOSÉ HUMBERTO GUANIPA VAN GRIEKEN, abogados en ejercicio legal, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 101.837 y 23.658, respectivamente, mediante diligencia de fecha 9 de enero de 2006.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 15 de diciembre de 2005, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se ORDENA ADMITIR la demanda incoada por el ciudadano WILMER GARVETT LÓPEZ en su carácter de Gerente General de la sociedad mercantil DROG.....