En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Roberto C. E. Leañez D., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.495, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DROGUERIA FARMACIENCIA, mediante diligencia de fecha 8 de octubre 2010.
SEGUNDO: Se REVOCA auto dictado en fecha 7 de octubre de 2010, dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, en el juicio seguido por la sociedad mercantil INVERSIONES PASCUR, C.A., contra la empresa mercantil DROGUERÍA FARMACIENCIA, C.A. En consecuencia, se ordena emitir nuevo pronunciamiento sobre la prueba de cotejo promovida por la parte actora.
TERCERO: De conformidad con el ar.....