En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.563, apoderado judicial del ciudadano JESÚS ENRIQUE VILLARINO ALONSO, parte demandada, mediante diligencia de fecha 7 de junio de 2016.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE la decisión de fecha 24 de mayo de 2016, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL interpuesta por la ciudadana JULIA GEORGETTE KATIUSKA HERNÁNDEZ CASAÑAS contra el ciudadano JESÚS ENRIQUE VILLARINO.....