En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado HÉCTOR EFRAIN LEAÑEZ D., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.294, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FLORENCIO ANTONIO GARCÍA VILLABA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.584.130, mediante diligencia de fecha 10 de abril de 2014.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 20 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio carirubana de esta Circunscripción Judicial con motivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR NTIMACION, incoado por el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ contra el ciudadano FLORENCIO ANTONIO GARCÍA VILLAB.....