En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano GUILLERMO SEGUNDO ÁLVAREZ, asistido por la abogada Olga López, contra el auto de fecha 5 de febrero de 2013, dictado por el Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual negó oír la apelación contra la sentencia definitiva de fecha 25 de enero de 2013, con motivo del juicio de DESALOJO DE INMUEBLE, seguido por el ciudadano DEGNY FRANCISCO DÍAZ MOLLEDA, contra el recurrente.
Se condena en costas al recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil,