En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ENDER FINOL, en representación de la ciudadana NELLYS COROMOTO MEDINA de MARIN, mediante diligencia de fecha 1° de diciembre de 2010.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se DECLARA CON LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA interpuesta por el abogado ENDER DE JESÚS FIINOL, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NELLYS COROMOTO MEDINA DE MARÍN, en contra de los ciudadanos MIRTHA ELENA MARIN, JOSE GREGORIO MARIN GARCIA, FELIX JOSE MARIN, CARLOS GREGORIO MARIN GARCIA, WUILLIAN ANTONIO .....