En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado César Igor Brito, en su carácter de apoderado de VENEQUIP. S.A., mediante diligencia de fecha 18 de noviembre de 2002.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la empresa mercantil CONSUJA, C.A, contra la sociedad mercantil VENEQUIP, S.A. En consecuencia, se REVOCA la sentencia de fecha 29 de octubre de 2002, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, y mediante la cual declaró con lugar la demanda que por daños y perjuicios, intentara CONSUJA, C.A., contra la apelante.
TERCERO: Se condena en costas a la part.....