En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JOHNATTAN OSCAR PÉREZ y LAILA ELENA EL HAMRA DE PÉREZ, mediante escrito de fecha 6 de junio de 2014.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 28 de marzo de 2014, y su aclaratoria de fecha 25 de abril de 2014.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.