En consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la solicitud de regulación de competencia interpuesta por el abogado Luis Rafael Meléndez García, en representación de PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A., contra el auto de fecha 11 de julio de 2005, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: Se declara competente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Caracas, para conocer del juicio que indemnización de daños y perjuicios intenta PDVSA PETROLEO Y GAS contra CONSULTORES OCCIDENTALES, S.A. (COSA). Se confirma la sentencia impugnada
TERCERO: Remítase el expediente original a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Caracas.
No se imponen costas procesales.