En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Claudia Méndez apoderada judicial del ciudadano HILMI MACHKOUR GHANMAN GHANMAN, mediante diligencia de fecha 3 de noviembre de 2016.
SEGUNDO: Se ANULA el auto de fecha 2 de noviembre de 2016, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede Punto Fijo, con motivo del juicio de CUMPLIMIEMTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE TERMINO DE CONTRATO Y VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, seguido por el ciudadano GHANMAN GHANMAN HILMI MACHKOUR contra la sociedad mercantil GHANDOUR IMPORT C.A.
TERCERO: No .....