En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Nelly Calles, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÍTALO SEGUNDO DELGADO ABREU, IRIS VIOLETA DELGADO de GARCÉS, IBIS DEL CARMEN DELGADO, IRENE MARGARITA DELGADO DE CARABALLO, YSBELIA BEATRIZ DELGADO ABREU e INÉS DELIA DELGADO de PÉREZ, mediante diligencia de fecha 9 de julio de 2014.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 8 de julio de 2014, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, con motivo de la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana YSELA JOSEFINA DELGADO ABREU.
TERCERO.....