Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante recurrente contra la decisión de fecha 24 de mayo de 2011, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en el juicio que por Beneficios Laborales tienen incoado los ciudadanos FRANCISCO RODRIGUEZ, FRANKLIN RAZZ, JUAN CARLOS COLINA, JESUS GARCIA y GILBERTO GOMEZ, en contra de las sociedades mercantiles AUTO SERVICIOS MENLOP, C. A. y HOLCIM DE VENEZUELA, C. A.
SEGUNDO: Se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión recurrida.
TERCERO: Se ORDENA LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado .....