Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por la Abogada YREIMA BEATRIZ ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.225, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL Q A C DE FALCON, en contra del auto de la Sentencia de fecha 23 de Marzo de 2010, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo. Quedando en consecuencia, la Sentencia recurrida definitivamente firme.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicia.....