En consecuencia por los motivos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal Superior Primero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de REGULACION DE COMPETENCIA, planteada por la Abogada DIURKIS CASTELLANOS CASTILLO actuando en su propio nombre.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia dictada en fecha 13 de Enero de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró la INCOMPETENCIA para conocer de la presente demanda incoada por el demandante DIURKIS CASTELLANOS CASTILLO en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (MINPPTRASS), y DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción J.....