Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer el recurso de nulidad incoado por la apoderada judicial de la Sociedad Mercantil LÁCTEOS CONSOLIDADOS PARAGUANÁ, C. A., en contra de la Providencia Administrativa No. 00554-2014, de fecha 30 de septiembre de 2014, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO FALCÓN - SUB-INSPECTORÍA DE TUCACAS, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos a favor de la ciudadana MARÍA EUGENIA BOCOURT, identificada con la cédula de identidad No. V-14.536.075.
SEGUNDO: COMPETENTE el Tribunal de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, para conocer el presente recurso de nulidad.
TERCERO: Se DECLINA LA CO.....