Por otra parte, este Tribunal una vez revisadas las pruebas promovidas por las partes y los hechos debatido en el presente asunto, considera necesario requerir de oficio, al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) copias de certificada de la Historia Médica signada bajo el No. FAL-01896-12, sobre la cual se hace mención en la Certificación de Accidente de Trabajo, de fecha 12 de noviembre de 2012, dictada por la Dra. Corina Regales, Medica Adscrita a la DIRESAT-FALCÓN y que esta contenida en el expediente No. FAL-21-IA-11-0766. Del mismo modo, se ordena librar los correspondientes oficios a las instituciones requeridas, en los términos expuestos por la parte solicitante. Y así se establece.