Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITEN la documental promovida por la abogada ANERYS CORDOVA V., inscrita en el Inpreabogado bajo el No 171.227, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VICENTE RAMON LEAL LEAL, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de Identidad No 9.505.435, a excepción del Merito favorable de auto y los indicios y presunciones del Juez. SEGUNDO: Se ADMITEN la documental e informe promovidas por la GOBERNACION DEL ESTADO FALCON POR ORGANO DEL DEPARTAMENTO DE SECRETARIA DE EDUCACION, las cuales fueron promovidas a través de la abogada ROSAMAR MONTILLA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 67.176, aboga.....