Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio tanto para el Régimen Nuevo como para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Laboral del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCION DE LA ACCION, alegada por a parte demandada Sociedad Mercantil CONSULTORIA, PRROYECTOS, INGENERIA Y CALIDAD C.A( C.P.I.C, C.A) a través de su apoderada judicial abogada JACQUELINE MORILLO DE VILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 34.493.; SEGUNDO: Como consecuencia de ello, se declara, SIN LUGAR LA DEMANDA, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS DE LEY, tiene incoado el ciudadano: ELIO ANTONIO SANCHEZ CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, identificado con la cedula de identidad N° 10.613.815, contra la Sociedad Mercantil CONSULTORIA, PRROYECTOS, INGENERIA Y CALIDAD C.A( C.P.I.C, C.....