Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto para el Régimen Nuevo como para el Régimen Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por los Abogados Dr. HECTOR EFRAIN J. LEAÑEZ D, MSc. ROBERTO CARLO E. LEAÑEZ D. y GUSTAVO ADOLFO PARRA D., venezolanos, mayores de edad, identificados con las cedulas de identidad Nros. 9.516.720, 12.176.051 y 17.677.968 respectivamente, abogados en ejercicios debidamente inscritos por ante el I.P.S.A bajo los Nos. 38.294, 87.495 y 178.889 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos: TEODORO JOSE CHIRINOS URDANETA, JAIRO WILMEN AGUIRRECHE MORENO, DOUGLAS JOSE MONTILLA ADRIANZA, ANA CECILIA ROMERO, MARIA EUSTAQUIA COLINA, ZULAY OLIVARES DE HERNANDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares d.....