DISPOSITIVA
En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio tanto para el Régimen Nuevo como para el Régimen Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCION DE LA ACCION OPUESTA COMO DEFENSA PERENTORIA DE FONDO POR LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA, ABOGADA CARMEN REYES ATACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.122. SEGUNDO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos tiene incoado el ciudadano FÉLIX JOSÉ ROMERO HERNÁNDEZ contra la EMPRESA HOLCIM DE VENEZUELA C.A., por las razones que se indican expresamente en la parte motiva de la Sentencia. TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar los siguientes conceptos: La.....