Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITEN las documentales, promovidas por la Procuradora del Trabajo Abogada MARIA LAURA REYES, Venezolana, Mayor de edad, identificado con la cedula de identidad No V- 16.196.451, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 120.275, en su condición de Apoderada Judicial de la demandante ALEYDA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, identificado con la Cedula de Identidad No 17.629.310. SEGUNDO: Por el carácter de ente Público del FONDO PARA EL DESARROLLO ENDOGENO (FONENDOGENO) y de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, goza de los Privilegios y Prerrogativas Procesales consagrados en las le.....