Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITEN las documentales, a excepción del merito favorable de auto, prueba testimonial y los indicios y presunciones. Promovidas por la abogada: ANERYS CORDOBA V, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 171.227, en su carácter de apoderada judicial y Procuradora de Trabajadores del ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad Nº 10.479.353. SEGUNDO: Se deja constancia que no hubo comparecencia de representación judicial de la POLICIA DEL MUNICIPIO MIRANDA del Estado Falcón, para contestar la demandada, como tampoco promovió elementos de pruebas alguno. No obstante, dado su carácter de ente públic.....