PRIMERO: HOMOLOGADO EL PRESENTE PAGO EN FASE DE EJECUCION, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico le otorga carácter de cosa juzgada. Así se decide. SEGUNDO: DA POR CONCLUIDO EL PRESENTE PROCESO, y se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo del expediente. Una vez consten en las actas procesales que la parte demandante haya hecho efectivo los cheques. Así se decide.
PUBLIQUESE, REGISTRESE