Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Presunción de Admisión de Hecho. Así se decide.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ALIA MARITZA EL SOUKI GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.581.994, contra la Entidad de Trabajo FLORISTERIA EL JAZMIN, C.A., por motivo de PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES. Así se decide.
TERCERO: Se condena a la Entidad de Trabajo demandada FLORISTERIA EL JAZMIN, C.A., a cancelar a la parte actora ciudadana ALIA MARITZA EL SOUKI GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.581.994, la cantidad que ascienden y alcanzan un .....