DISPOSITIVO
En mérito de las razones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN que por cobro de derechos derivados de la Ley Orgánica del Trabajo incoara por la ciudadana DAYSI JOSEFINA CASTELLANO CASTELLANO
SEGUNDO: Se condena a la Empresa VERNON L. GOEDECKE CO. INC, SUCURSAL VENEZUELA a cancelar la cantidad de ONCE MILLONES CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.- 11.106.664,92) por conceptos de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se ordena la Indexación sobre la suma total condenada a pagar, desde la fecha de su admisión, hasta que la sentencia quede definitivamente firma, excluyendo de dicho cálculo, los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, hecho fortuito o fuerza mayor, vacaciones judiciales y huelga de funcionarios tribunalicios.....