ANALISIS PARA DECIDIR
Por las razones antes expuestas y analizadas cada una de los actos que representan la presente causa, y no encontrando oposiciones entre las partes que indiquen el rompimiento del vínculo matrimonial, es por lo que en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, incoada por la ciudadana FANNY BELEN GALICIA en contra del ciudadano EDUARDO JOSE MEDINA DIAZ.- así mismo se ordena oficiar a las autoridades competentes de conformidad con el Articulo 502 del Código Civil Venezolano Vigente.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este tribunal con sede en Coro Estado Falcón