DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con las facultades otorgadas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición a la Medida incoada por la Abogada INDIRA ANAIS DELGADO RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.795.203, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 101.929, en su carácter de apoderada judicial de la HIDROLOGICA DE LOS MEDANOS FALCONIANOS, C.A., (HIDROFALCON C.A.,) filial de C.A. HIDROVEN.
• SEGUNDO: En consecuencia, queda firme la Medida de Protección a la Pequeña Actividad Agrícola Vegetal, dictada por este Juzgado en fecha 04 de Noviembre de 2013.
• TERCERO: Se ordena a la Empresa HIDROLOGICA DE LOS MEDANOS FALCONIANOS, C.A., (HIDROFALCON C.A.,) filial de C.A.....