En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
1. Con lugar, la apelación formulada por el abogado Ricardo Alberto Morales Pereira, quién actúa en representación judicial del ciudadano Guillermo José Reyes Medina.
2. Se revoca parcialmente el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Primero del Municipio Miranda del Estado Falcón de fecha 05 de junio de 2007
3. Se ordena al a quo, fijar la fecha, hora y día para que rindan declaración los ciudadanos SABEL GUERRA y ZULAY AULAR, asimismo se ordena al a quo, fijar la fecha y hora para que se lleve a cabo la Inspección solicitada por el actor.-
4. No hay condenatoria en costas dada la decisión dictada.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada para el archivo......